Jubilación y fallecimiento

Reconocimiento de la situación de dependencia (Cataluña)

Versión de BarcelonaSolo se aplica en Cataluña

En otras ciudades: Madrid · Valencia

Dónde preguntar

Teléfono 012 de la Generalitat: de lunes a viernes no festivos de 8 a 22 h; llamada gratuita.

Texto oficial
Truca al 012 Horari: de dilluns a divendres no festius, de 8 h a 22 h. La trucada és gratuïta.

Fuentes oficiales

Qué es

En Cataluña, para acceder a las prestaciones económicas y servicios sociales de la Ley de dependencia hay que tener reconocida la situación de dependencia en alguno de sus grados. Es para personas residentes en Cataluña que, por edad, enfermedad o discapacidad, han perdido su autonomía y necesitan la ayuda de otra persona para las actividades de la vida diaria. Requisitos: haber vivido en España al menos cinco años (no necesariamente seguidos), los dos últimos seguidos justo antes de la solicitud, y estar empadronado en Cataluña al presentarla. La valoración inicial se puede pedir en cualquier momento, por internet, en persona o por videoatención, y es gratuita. No hace falta pedir informes al CAP, pero sí adjuntar los de la sanidad privada de los dos últimos años que no consten en el historial. Las personas extranjeras no comunitarias aportan, entre otros, la TIE, el certificado de residente de la Policía y el certificado histórico de empadronamiento (no hace falta si han residido cinco años en Cataluña desde 2006). La cuenta bancaria para la prestación debe estar a nombre de la persona beneficiaria y ser de una entidad situada en España.

Texto oficial
Estar empadronat a Catalunya en el moment de presentar la sol·licitud.

Fuentes oficiales

Ámbito
Cataluña

Información oficial

Fuentes oficiales

Cuándo

La valoración inicial se puede pedir en cualquier momento. Hay que haber vivido 5 años en España (los 2 últimos seguidos) y estar empadronado en Cataluña. La revisión del grado, a los 6 meses de la última resolución o antes si hay cambios importantes.

Texto oficial
si no tens reconeguda la situació de dependència, pots sol·licitar que se’t faci la valoració inicial en qualsevol moment.

Fuentes oficiales

Pasos

  1. Paso 1: Presentar la solicitud

    Por internet con certificado digital o idCAT Mòbil, en una oficina de atención ciudadana (mejor con cita, web o 012) o por videollamada. No hace falta pedir informe al centro de salud. Es gratuito.

    Texto oficial
    no cal que demanis cap informe al teu centre d’atenció primària.

    Fuentes oficiales

    Ir a la web oficial: Reconocimiento de la dependencia (Generalitat)
  2. Paso 2: Recibir la visita de valoración

    Un profesional del SEVAD te llama para acordar una visita en casa o en el centro donde estés ingresado.

    Texto oficial
    et trucarà per acordar dia i hora per visitar-te a casa o al centre en què estàs ingressat.

    Fuentes oficiales

  3. Paso 3: Resolución y PIA

    La resolución con el grado llega en unos tres meses. Después, los servicios sociales del municipio elaboran contigo el PIA, normalmente en los tres meses siguientes. Si no estás de acuerdo, tienes 30 días para recurrir.

    Texto oficial
    Rebràs la resolució en un termini aproximat de tres mesos des de la presentació de la sol·licitud.

    Fuentes oficiales

Documentación

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Preguntas frecuentes

¿Puede cuidarme un familiar y cobrar por ello?

Puede haber cuidador no profesional si lo establece el PIA; tiene que ser familiar hasta tercer grado. La prestación la cobra la persona titular del expediente.

Texto oficial
La prestació econòmica la percep la persona titular de l'expedient.

Fuentes oficiales

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