Jubilación y fallecimiento

Reconocimiento de la situación de dependencia

Versión de MadridSolo se aplica en Comunidad de Madrid

En otras ciudades: Barcelona · Valencia

Dónde preguntar

Cita previa (presencial o telefónica) en el 012, o en el 915 80 42 60 desde fuera de Madrid, eligiendo la opción «Dependencia»; de lunes a viernes de 9:00 a 17:00.

Texto oficial
Teléfono de atención al ciudadano 012 (915 80 42 60 para llamadas desde fuera de Madrid) Elige la opción "Dependencia".

Fuentes oficiales

Qué es

El reconocimiento de la situación de dependencia permite acceder a los servicios y prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD). Es para personas que, por edad, enfermedad o discapacidad, necesitan de forma permanente ayuda de otras personas para las actividades básicas de la vida diaria. Hay que ser español o extranjero con residencia legal, haber residido en España cinco años (dos inmediatamente anteriores a la solicitud) y residir y estar empadronado en la Comunidad de Madrid. Se solicita sin tasas, por internet o en persona, con documentos como el DNI o NIE, el empadronamiento, un informe de salud de hasta 3 meses y un informe social de los servicios sociales municipales, a los que se recomienda consultar antes. Después, personal socio-sanitario hace la valoración en el domicilio. La resolución fija el grado de dependencia y el Programa Individual de Atención; el plazo máximo es de 6 meses y el silencio es desestimatorio.

Texto oficial
Residir y estar empadronado en la Comunidad de Madrid en la fecha en la que se presenta la solicitud.

Fuentes oficiales

Ámbito
Comunidad de Madrid

Información oficial

Fuentes oficiales

Cuándo

Cuando por edad, enfermedad o discapacidad una persona necesita ayuda de otra para las actividades básicas de la vida diaria. Hay que residir legalmente en España, haber residido 5 años (los 2 últimos seguidos) y estar empadronado en la Comunidad de Madrid. Se recomienda consultar antes a los servicios sociales municipales.

Texto oficial
Es recomendable que antes de presentar la solicitud, se consulte a los servicios sociales municipales

Fuentes oficiales

Pasos

  1. Paso 1: Presentar la solicitud

    Por internet con firma electrónica en la Cuenta Digital, o descargando el formulario relleno y presentándolo firmado en una oficina de registro. No tiene tasa.

    Texto oficial
    No requiere el pago de tasas

    Fuentes oficiales

    Ir a la web oficial: Solicitar el reconocimiento de la dependencia (Comunidad de Madrid)
  2. Paso 2: Valoración en casa

    Te llaman por teléfono para fijar día y hora. La valoración la hace personal socio-sanitario en el domicilio o entorno habitual de la persona.

    Texto oficial
    se lleva a cabo en el domicilio o entorno habitual de la persona interesada.

    Fuentes oficiales

  3. Paso 3: Resolución con grado y PIA

    Una resolución única fija el grado de dependencia (hay 3) y el Programa Individual de Atención (PIA) con el recurso más adecuado. El plazo máximo es de 6 meses.

    Texto oficial
    Plazo máximo de resolución 6 meses

    Fuentes oficiales

Documentación

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Preguntas frecuentes

¿Y si cambia la situación?

Se puede pedir la revisión del grado si hay cambios de salud o del entorno. Cualquier cambio en los datos declarados hay que comunicarlo en 15 días.

Texto oficial
cualquier cambio en los datos declarados en el plazo máximo de 15 días

Fuentes oficiales

¿Dónde pregunto?

Oficina de Información, C/ Agustín de Foxá, 31 (con cita previa), o el 012 (915 80 42 60 desde fuera de Madrid), opción «Dependencia».

Texto oficial
Elige la opción "Dependencia".

Fuentes oficiales

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