Jubilación y fallecimiento

Reconocimiento de la situación de dependencia (Comunitat Valenciana)

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Qué es

Toda persona con residencia efectiva en la Comunitat Valenciana tiene derecho a pedir el reconocimiento de la situación de dependencia (necesitar la ayuda de otras personas para las actividades básicas de la vida diaria por edad, enfermedad o discapacidad). Se pide en los servicios sociales de atención primaria del ayuntamiento donde se está empadronado, preferentemente en su registro, con la solicitud inicial, un informe de salud, el certificado de empadronamiento histórico y el modelo de domiciliación bancaria (y otros documentos si no se autoriza la consulta de datos). Los servicios sociales avisan de la fecha de la valoración y hacen un informe social del entorno. La resolución del grado debe dictarse en 3 meses, y la del Programa Individual de Atención (PIA) en otros 3; si a los 6 meses no hay resolución, se entiende estimada.

Texto oficial
El procedimiento se inicia a instancia de la persona interesada ante los servicios sociales de atención primaria del Ayuntamiento donde se encuentre empadronada.

Fuentes oficiales

Ámbito
Comunitat Valenciana

Información oficial

Fuentes oficiales

Cuándo

Es un derecho de todas las personas con residencia efectiva en la Comunitat Valenciana que, por edad, enfermedad o discapacidad, necesitan ayuda de otras para las actividades básicas de la vida diaria.

Texto oficial
tienen todas las personas con residencia efectiva en la Comunitat Valenciana.

Fuentes oficiales

Pasos

  1. Paso 1: Presentar la solicitud en tu ayuntamiento

    Se presenta ante los servicios sociales de atención primaria del ayuntamiento donde estás empadronado, preferentemente en su registro oficial.

    Texto oficial
    El procedimiento se inicia a instancia de la persona interesada ante los servicios sociales de atención primaria del Ayuntamiento donde se encuentre empadronada.

    Fuentes oficiales

    Ir a la web oficial: Reconocimiento inicial de la dependencia
  2. Paso 2: Valoración e informe social

    Los servicios sociales te comunican la fecha y hora de la valoración. Además, un trabajador social hace el informe social del entorno.

    Texto oficial
    Los servicios sociales de atención primaria básica notificarán a la persona la fecha y hora en la que se realizará la valoración.

    Fuentes oficiales

  3. Paso 3: Resolución de grado y PIA

    La resolución de grado tiene un plazo de 3 meses desde el registro, y la del PIA otros 3 meses desde la de grado. Si en 6 meses no se ha resuelto, la solicitud se entiende estimada y la prestación se paga con efecto retroactivo.

    Texto oficial
    El plazo máximo para dictar y notificar resolución del PIA (Programa Individual de Atención) será de 3 meses a computar a partir de la fecha de la resolución de grado.

    Fuentes oficiales

Documentación

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Preguntas frecuentes

¿Y si no estoy de acuerdo con el PIA propuesto?

Si tu elección no coincide con el criterio del trabajador social, te envían una propuesta de PIA y tienes 15 días para presentar alegaciones.

Texto oficial
para que efectúe las alegaciones que estime convenientes, en el plazo de 15 días.

Fuentes oficiales

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