Vivienda

Depósito de la fianza del alquiler (Comunitat Valenciana)

Versión de ValenciaSolo se aplica en Comunitat Valenciana

En otras ciudades: Madrid · Barcelona

Dónde preguntar

Consultas por correo electrónico: [email protected] para depósitos y devoluciones por internet; [email protected] para el resto de consultas sobre fianzas.

Texto oficial
[email protected] para lo relacionado con los depósitos y devoluciones telemáticas [email protected] para las consultas del resto de fianzas

Fuentes oficiales

Qué es

En la Comunitat Valenciana el arrendador debe pedir al inquilino una fianza de una mensualidad de renta (dos en alquileres que no son de vivienda) y depositarla a favor de la Generalitat en el plazo de un mes desde la firma del contrato. Se puede depositar por Internet (modelo 816, pago con tarjeta o bizum) o en metálico en una entidad colaboradora (modelo 806: ABANCA, Sabadell, Santander, CaixaBank, Cajamar, Ibercaja). Fuera de plazo hay recargo sobre la fianza: 5 % hasta 3 meses de retraso, 10 % de 3 a 6, 15 % de 6 a 12 y 20 % más de 12. En contratos de vivienda de hasta cinco años (siete si el arrendador es una empresa), además de la fianza solo se pueden pedir garantías adicionales de hasta dos mensualidades. El inquilino que quiera saber si el arrendador ha depositado la fianza lo pide por escrito a [email protected] con copia del contrato y de su NIF.

Texto oficial
Las personas arrendadoras de fincas urbanas, están obligadas a exigir de la persona arrendataria la prestación de fianza y a depositarla a favor de la Generalitat, que será una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en el arrendamiento de viviendas y dos mensualidades en los arrendamientos para un uso distinto del de vivienda.

Fuentes oficiales

Ámbito
Comunitat Valenciana

Información oficial

Fuentes oficiales

Cuándo

El arrendador tiene que depositar la fianza dentro del mes siguiente a la firma del contrato. Fuera de plazo hay recargos del 5 % al 20 % según la demora.

Texto oficial
La fianza debe ser depositada dentro del mes siguiente a la celebración del contrato.

Fuentes oficiales

Pasos

  1. Paso 1: Por internet (modelo 816)

    Se genera el modelo 816 y se paga con tarjeta o Bizum. Admite el pasaporte del inquilino. Ojo: la devolución solo se podrá pedir por internet y con certificado electrónico.

    Texto oficial
    El modelo 816, admite un número de pasaporte de la persona inquilina

    Fuentes oficiales

    Ir a la web oficial: Depósito de fianzas (GVA)
  2. Paso 2: O en el banco (modelo 806)

    Se genera el modelo 806 y se ingresa en una entidad colaboradora (ABANCA, Sabadell, Santander, CaixaBank, Cajamar o Ibercaja) en horario de caja, sin necesidad de ser cliente. Después no hay que presentar nada más.

    Texto oficial
    no necesita ser cliente de dicha entidad

    Fuentes oficiales

Documentación

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Preguntas frecuentes

Soy inquilino, ¿cómo sé si el casero la ha depositado?

Pídelo por escrito, con copia del contrato y de tu NIF, a [email protected] o a la Secretaría Territorial de València (C/ Palau, 12).

Texto oficial
Cuando la persona arrendataria quiera saber si la persona arrendadora ha depositado la fianza, deberá solicitarlo por escrito

Fuentes oficiales

¿Cuánto es la fianza?

Una mensualidad de renta para vivienda y dos para uso distinto de vivienda.

Texto oficial
una mensualidad de la renta en el arrendamiento de viviendas y dos mensualidades en los arrendamientos para un uso distinto del de vivienda.

Fuentes oficiales

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