Convenio especial de prestación de asistencia sanitaria
Dónde preguntar
Más información por correo electrónico: [email protected].
Texto oficial
Para ampliar esta información puede hacerlo: correo electrónico: [email protected]Fuentes oficiales
Qué es
El convenio especial de prestación de asistencia sanitaria (CE) permite recibir asistencia del sistema público a personas que residen en la Comunidad de Madrid y no tienen reconocido el derecho a la asistencia sanitaria del Sistema Nacional de Salud. Requisitos: residir en la Comunidad de Madrid, acreditar al menos un año seguido de residencia efectiva en España o en otro país de la UE, EEE, Suiza o Reino Unido justo antes de la solicitud, estar empadronado en un municipio madrileño y pagar una cuota mensual (60 euros si se tienen menos de 65 años y 157 euros con 65 o más). Cada miembro de la familia presenta su propia solicitud, por internet o en persona, con el pasaporte completo y el empadronamiento histórico. La resolución llega en un mes y después hay que acudir a firmar el convenio. No se expide tarjeta sanitaria: se entrega un Documento para Asistencia Sanitaria. Incluye la cartera común básica del SNS, pero no la prestación farmacéutica ambulatoria, la ortoprotésica, los productos dietéticos ni el transporte sanitario no urgente. Si se dejan de pagar dos cuotas seguidas, el convenio se extingue y no se puede volver a suscribir hasta pasado un año.
Texto oficial
Estar empadronadas, en el momento de presentar la solicitud de suscripción del CE, en algún municipio de la Comunidad de Madrid.Fuentes oficiales
- Ámbito
- Comunidad de Madrid
Información oficial
Fuentes oficiales
Cuándo
Para quien reside en la Comunidad de Madrid y no tiene derecho a la asistencia sanitaria del Sistema Nacional de Salud. Hay que estar empadronado en la Comunidad de Madrid y acreditar un año seguido de residencia efectiva en España o en otro país de la UE, EEE, Suiza o Reino Unido. Se puede pedir en cualquier momento.
Texto oficial
Personas que no tienen reconocido el derecho a la asistencia sanitaria del Sistema Nacional de Salud.Fuentes oficiales
Pasos
Paso 1: Presentar la solicitud
Ir a la web oficial: Suscripción del convenio especial de asistencia sanitaria (Administración Digital)Por internet con firma electrónica, o descargando el formulario relleno para presentarlo firmado en una oficina de registro. Una solicitud por cada miembro de la familia.
Texto oficial
Presentar una solicitud diferente, por cada miembro de una misma familia.
Fuentes oficiales
Paso 2: Esperar la resolución
Se resuelve en el plazo de un mes. Si falta algo, te piden que lo corrijas en 15 días; si no, se archiva por desistimiento.
Texto oficial
La subsanación se deberá efectuar en el plazo de 15 días siguientes a la recepción del requerimiento.
Fuentes oficiales
Paso 3: Firmar el convenio y pagar cada mes
Acudes a firmar el día de la cita (tienes hasta tres meses desde la notificación). Te dan un ejemplar, instrucciones para pagar las cuotas y el «Documento para Asistencia Sanitaria», que debes enseñar en los centros sanitarios.
Texto oficial
Deberá presentar este documento siempre que acuda a un centro sanitario público a solicitar o recibir asistencia sanitaria.
Fuentes oficiales
Documentación
Lo que marques se guarda solo en este dispositivo.
🖨 Lista de documentos para imprimir
Fuentes oficiales
Fuentes oficiales
Fuentes oficiales
Fuentes oficiales
Tasas
Cuota mensual: 60 € si el titular tiene menos de 65 años; 157 € si tiene 65 o más.
Texto oficial
Si el suscriptor tiene 65 o más años: cuota mensual de 157 euros.Fuentes oficiales
Preguntas frecuentes
¿Me dan tarjeta sanitaria?
No. El convenio no conlleva tarjeta sanitaria individual; te asignan un código de identificación personal y el Documento para Asistencia Sanitaria.
Texto oficial
La suscripción del Convenio Especial no conlleva expedición de la tarjeta sanitaria Individual.Fuentes oficiales
¿Qué pasa si dejo de pagar?
Se extingue si no pagas la primera cuota, dos meses seguidos o tres meses alternos. Después no puedes firmar otro hasta pasado un año.
Texto oficial
Una vez extinguido el CE, el interesado no podrá suscribir un nuevo CE hasta pasado 1 añoFuentes oficiales
¿Sirve fuera de la Comunidad de Madrid?
Si te desplazas temporalmente a otra comunidad autónoma, tienes allí las mismas prestaciones.
Texto oficial
tendrá derecho a recibir en ese territorio las mismas prestaciones que en la comunidad en donde haya sido suscrito dicho CE.Fuentes oficiales
Trámites relacionados
- Tarjeta sanitaria individual Madrid
- Tarjeta sanitaria individual (Cataluña) Barcelona
- Tarjeta sanitaria SIP (Comunitat Valenciana) Valencia
- Empadronamiento Madrid
- Empadronamiento (Barcelona) Barcelona
- Empadronarse en Valencia Valencia
- Volante y certificado de empadronamiento Madrid
- Volante de residencia y de convivencia (Barcelona) Barcelona
- Certificado de empadronamiento en Valencia Valencia
Términos de esta página
¿Algo desactualizado o incorrecto? Avísanos