Sanidad

Convenio especial de prestación de asistencia sanitaria

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Dónde preguntar

Más información por correo electrónico: [email protected].

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Para ampliar esta información puede hacerlo: correo electrónico: [email protected]

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Qué es

El convenio especial de prestación de asistencia sanitaria (CE) permite recibir asistencia del sistema público a personas que residen en la Comunidad de Madrid y no tienen reconocido el derecho a la asistencia sanitaria del Sistema Nacional de Salud. Requisitos: residir en la Comunidad de Madrid, acreditar al menos un año seguido de residencia efectiva en España o en otro país de la UE, EEE, Suiza o Reino Unido justo antes de la solicitud, estar empadronado en un municipio madrileño y pagar una cuota mensual (60 euros si se tienen menos de 65 años y 157 euros con 65 o más). Cada miembro de la familia presenta su propia solicitud, por internet o en persona, con el pasaporte completo y el empadronamiento histórico. La resolución llega en un mes y después hay que acudir a firmar el convenio. No se expide tarjeta sanitaria: se entrega un Documento para Asistencia Sanitaria. Incluye la cartera común básica del SNS, pero no la prestación farmacéutica ambulatoria, la ortoprotésica, los productos dietéticos ni el transporte sanitario no urgente. Si se dejan de pagar dos cuotas seguidas, el convenio se extingue y no se puede volver a suscribir hasta pasado un año.

Texto oficial
Estar empadronadas, en el momento de presentar la solicitud de suscripción del CE, en algún municipio de la Comunidad de Madrid.

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Ámbito
Comunidad de Madrid

Información oficial

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Cuándo

Para quien reside en la Comunidad de Madrid y no tiene derecho a la asistencia sanitaria del Sistema Nacional de Salud. Hay que estar empadronado en la Comunidad de Madrid y acreditar un año seguido de residencia efectiva en España o en otro país de la UE, EEE, Suiza o Reino Unido. Se puede pedir en cualquier momento.

Texto oficial
Personas que no tienen reconocido el derecho a la asistencia sanitaria del Sistema Nacional de Salud.

Fuentes oficiales

Pasos

  1. Paso 1: Presentar la solicitud

    Por internet con firma electrónica, o descargando el formulario relleno para presentarlo firmado en una oficina de registro. Una solicitud por cada miembro de la familia.

    Texto oficial
    Presentar una solicitud diferente, por cada miembro de una misma familia.

    Fuentes oficiales

    Ir a la web oficial: Suscripción del convenio especial de asistencia sanitaria (Administración Digital)
  2. Paso 2: Esperar la resolución

    Se resuelve en el plazo de un mes. Si falta algo, te piden que lo corrijas en 15 días; si no, se archiva por desistimiento.

    Texto oficial
    La subsanación se deberá efectuar en el plazo de 15 días siguientes a la recepción del requerimiento.

    Fuentes oficiales

  3. Paso 3: Firmar el convenio y pagar cada mes

    Acudes a firmar el día de la cita (tienes hasta tres meses desde la notificación). Te dan un ejemplar, instrucciones para pagar las cuotas y el «Documento para Asistencia Sanitaria», que debes enseñar en los centros sanitarios.

    Texto oficial
    Deberá presentar este documento siempre que acuda a un centro sanitario público a solicitar o recibir asistencia sanitaria.

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Documentación

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Tasas

Cuota mensual: 60 € si el titular tiene menos de 65 años; 157 € si tiene 65 o más.

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Si el suscriptor tiene 65 o más años: cuota mensual de 157 euros.

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Preguntas frecuentes

¿Me dan tarjeta sanitaria?

No. El convenio no conlleva tarjeta sanitaria individual; te asignan un código de identificación personal y el Documento para Asistencia Sanitaria.

Texto oficial
La suscripción del Convenio Especial no conlleva expedición de la tarjeta sanitaria Individual.

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¿Qué pasa si dejo de pagar?

Se extingue si no pagas la primera cuota, dos meses seguidos o tres meses alternos. Después no puedes firmar otro hasta pasado un año.

Texto oficial
Una vez extinguido el CE, el interesado no podrá suscribir un nuevo CE hasta pasado 1 año

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¿Sirve fuera de la Comunidad de Madrid?

Si te desplazas temporalmente a otra comunidad autónoma, tienes allí las mismas prestaciones.

Texto oficial
tendrá derecho a recibir en ese territorio las mismas prestaciones que en la comunidad en donde haya sido suscrito dicho CE.

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