Residencia y nacionalidad

Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión / Residencia de familiar de persona española

Qué es

Los familiares no comunitarios (cónyuge, pareja registrada o estable, hijos y otros parientes en los casos que se indican) de un ciudadano de otro país de la UE, del EEE o de Suiza que vayan a vivir con él en España más de tres meses deben pedir la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión con el modelo EX-19, personalmente, en la Oficina de Extranjería o en la Comisaría, en los tres meses siguientes a la entrada; la tarjeta vale cinco años. Según el Ministerio, el familiar de una persona española solo puede usar esta vía si ha ejercido el derecho a la libre circulación; si no, debe pedir con el modelo EX-24 la autorización de residencia temporal de familiares de personas con nacionalidad española. Esta segunda vía es gratuita, se presenta en la Oficina de Extranjería, en la Oficina Consular o por Mercurio, se resuelve en dos meses (silencio negativo), dura cinco años y permite trabajar desde la presentación en los casos de cónyuge, pareja e hijos. En los dos casos, después hay que pedir la tarjeta (TIE) en la Comisaría.

Texto oficial
La persona extranjera que tenga con una persona de nacionalidad española una relación familiar podrá acudir por la vía de familiar de comunitario siempre y cuando haya ejercido el derecho a la libre circulación.

Fuentes oficiales

Ámbito
Toda España

Información oficial

Fuentes oficiales

Cuándo

En los tres meses siguientes a tu entrada en España, si vas a vivir aquí más de tres meses con un ciudadano de la UE, del EEE o de Suiza que tiene derecho de residencia.

Texto oficial
Plazo de presentación: tres meses contados desde la fecha de entrada en España.

Fuentes oficiales

Pasos

  1. Paso 1: Comprobar los requisitos

    El ciudadano de la Unión debe trabajar por cuenta ajena o propia en España, o tener recursos suficientes y seguro de enfermedad, o ser estudiante con seguro y recursos. Tú debes ser su cónyuge, pareja registrada, hijo menor de 21 años (o mayor a su cargo), ascendiente a su cargo, u otro familiar en los casos previstos.

    Texto oficial
    Ser trabajador por cuenta ajena en España, o Ser trabajador por cuenta propia en España, o Disponer para sí y los miembros de su familia, de recursos económicos suficientes

    Fuentes oficiales

  2. Paso 2: Presentar el EX-19 en persona

    Lo presentas tú, en persona, en la Oficina de Extranjería de la provincia donde vas a vivir o en la comisaría correspondiente. Te dan un resguardo, que acredita tu estancia legal hasta que te entreguen la tarjeta.

    Texto oficial
    Se entregará un resguardo acreditativo de la presentación de la solicitud que es suficiente para acreditar la situación de estancia legal hasta la entrega de la tarjeta.

    Fuentes oficiales

  3. Paso 3: Recibir la tarjeta

    La tarjeta se expide en los tres meses siguientes a la solicitud y vale cinco años (o lo que vaya a durar la residencia del ciudadano de la Unión, si es menos). La tasa se paga antes de la expedición.

    Texto oficial
    La expedición de la tarjeta de residencia deberá realizarse en el plazo de los tres meses siguientes a la presentación de la solicitud .

    Fuentes oficiales

Documentación

Lo que marques se guarda solo en este dispositivo.

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Tasas

Modelo 790 código 052, epígrafe 5; su importe equivale al que pagan los españoles por el DNI.

Texto oficial
serán en todo caso, equivalentes a la que se exige a los ciudadanos españoles para la obtención y renovación del documento nacional de identidad.

Fuentes oficiales

Preguntas frecuentes

Mi pareja es española y nunca ha vivido en otro país de la UE, ¿qué pido?

La «autorización de residencia temporal de familiares de personas con nacionalidad española» (EX-24): es gratuita, se resuelve en dos meses (sin respuesta, se entiende denegada) y vale cinco años. Mientras se tramita puedes quedarte en España y, cónyuges, parejas e hijos, trabajar.

Texto oficial
este procedimiento tendrá carácter gratuito.

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