Residencia y nacionalidad

Autorización de residencia de larga duración-UE

Qué es

Permite residir y trabajar en España indefinidamente en las mismas condiciones que los españoles y da la posibilidad de obtener residencia en otros Estados de la UE en las condiciones que estos fijen. Se exige haber residido legalmente y de forma continuada en España los cinco años anteriores (ausencias de hasta seis meses seguidos y diez en total, o dieciocho si son por trabajo); los periodos de estancia por estudios cuentan al 50 %. Además hay que tener recursos fijos y regulares (para una familia de dos miembros, el 150 % del IPREM, y un 50 % más por cada miembro adicional), seguro de enfermedad y no tener antecedentes penales; hay reglas especiales para titulares de Tarjeta azul-UE y beneficiarios de protección internacional. Se pide con el modelo EX-11 en la Oficina de Extranjería o por Mercurio; la tasa es el modelo 790 código 052 (epígrafe 2.6). Si en tres meses no hay respuesta, se entiende concedida; luego hay que pedir la TIE en un mes. La primera renovación de la tarjeta es a los cinco años; después, cada cinco años hasta los 30 años de edad y cada diez a partir de entonces.

Texto oficial
Disponer de recursos fijos y regulares para su manutención y, en su caso, de la familia que estuviera a su cargo.

Fuentes oficiales

Ámbito
Toda España

Información oficial

Fuentes oficiales

Cuándo

Cuando llevas cinco años de residencia legal y continuada en España (ausencias de hasta seis meses seguidos y diez en total, o dieciocho si son por trabajo). Los años con estancia por estudios cuentan la mitad.

Texto oficial
Haber residido legalmente y de forma continuada en el territorio español durante los cinco años anteriores a la presentación de la solicitud .

Fuentes oficiales

Pasos

  1. Paso 1: Comprobar los recursos

    Necesitas recursos fijos y regulares: para una familia de dos miembros, el 150 % del IPREM, y un 50 % más por cada miembro adicional. Pueden ser propios o de tu trabajo. También necesitas seguro de enfermedad.

    Texto oficial
    Para unidades familiares que incluyan dos miembros se exigirá una cantidad que represente el 150% del IPREM, por cada miembro adicional se deberá sumar un 50% más .

    Fuentes oficiales

  2. Paso 2: Presentar el EX-11

    Desde España, en persona en la Oficina de Extranjería de tu provincia o por internet en Mercurio; desde fuera, en el consulado. La tasa se paga en los diez días hábiles siguientes a la admisión.

    Texto oficial
    Telemáticamente, a través de la sede electrónica del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática (Mercurio).

    Fuentes oficiales

  3. Paso 3: Resolución y TIE

    Se resuelve en tres meses; sin respuesta, se entiende concedida. En el mes siguiente a la notificación pides la TIE; la primera renovación de la tarjeta es a los cinco años.

    Texto oficial
    Transcurrido dicho plazo sin que la Administración haya practicado la notificación se podrá entender que la solicitud ha sido estimada por silencio administrativo .

    Fuentes oficiales

Documentación

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Tasas

Modelo 790 código 052, epígrafe 2.6 (la misma tasa que la larga duración nacional).

Texto oficial
Modelo 790 código 052, epígrafe 2.6 “autorización de residencia de larga duración–UE y autorización de residencia de larga duración nacional”

Fuentes oficiales

Preguntas frecuentes

Tengo Tarjeta azul-UE de otro país, ¿me sirve?

Sí, si acumulas cinco años de residencia en la UE con Tarjeta azul-UE u otras autorizaciones previstas y has residido los dos últimos años en España con Tarjeta azul-UE.

Texto oficial
Haber residido dos años en España de forma legal e ininterrumpida como titular de una autorización de Tarjeta azul-UE durante el período inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud de residencia de larga duración-UE.

Fuentes oficiales

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