Residencia y trabajo para profesionales altamente cualificados (Ley 14/2013)
Qué es
Autorización de residencia y trabajo para profesionales altamente cualificados contratados por una empresa en España, regulada en la Ley 14/2013. Hay dos modalidades: la Tarjeta azul-UE (formación superior de al menos tres años, o cinco años de experiencia equiparable, y contrato u oferta firme de al menos seis meses con un salario mínimo) y la autorización nacional (titulación equiparable al nivel 1 del MECES, o tres años de experiencia equiparable). La solicita la empresa o el profesional por internet ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE); se resuelve en veinte días y, si no hay respuesta, se entiende concedida. La autorización dura hasta tres años.
Texto oficial
Plazo de resolución de la solicitud: veinte días desde la presentación electrónica de la solicitud en el órgano competente para su tramitación.Fuentes oficiales
- Ámbito
- Toda España
Información oficial
Fuentes oficiales
Cuándo
Cuando una empresa en España quiere contratarte para un puesto de alta cualificación. No puedes estar en España en situación irregular y debes ser mayor de 18 años.
Texto oficial
No encontrarse irregularmente en territorio español.Fuentes oficiales
Pasos
Paso 1: Ver qué modalidad te corresponde
Tarjeta azul-UE: formación superior de al menos tres años (nivel 2 del MECES) o cinco años de experiencia equiparable (tres años en los últimos siete para profesionales y directores de TIC); contrato u oferta firme de al menos seis meses; y, en profesiones reguladas, título homologado. Autorización nacional: titulación equiparable al nivel 1 del MECES o tres años de experiencia equiparable.
Texto oficial
Presentar un contrato de trabajo válido o una oferta firme de empleo de alta cualificación para un período de al menos seis meses
Fuentes oficiales
Paso 2: Presentar la solicitud a la UGE-CE
La empresa o el profesional presenta el formulario MI-T por internet en la sede electrónica de la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos, con los documentos. La tasa (modelo 790 código 038, epígrafe 7.1) se paga en los diez días hábiles siguientes a la admisión a trámite.
Texto oficial
Telemáticamente, a través de la sede electrónica de la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE).
Fuentes oficiales
Paso 3: Resolución
Se resuelve en veinte días desde la presentación electrónica; si no hay respuesta, se entiende concedida. La resolución se notifica al empleador y se comunica al trabajador.
Texto oficial
Si no se resuelve en dicho plazo, la autorización se entenderá estimada por silencio administrativo.
Fuentes oficiales
Paso 4: Pedir el visado (si estás fuera de España)
Con la autorización concedida, tienes un mes desde la notificación al empleador para pedir el visado en persona en el consulado de tu demarcación (pasaporte con al menos un año de vigencia, antecedentes penales de los últimos cinco años, certificado médico, copia del contrato y tasa). El consulado resuelve en diez días hábiles; recoges el visado en un mes y entras en España en sus tres meses de vigencia.
Texto oficial
el trabajador dispone de un mes desde la notificación al empleador, para solicitar personalmente el visado en la Misión Diplomática u Oficina Consular en cuya demarcación resida.
Fuentes oficiales
Paso 5: Alta en la Seguridad Social y TIE
Tras entrar, la afiliación y alta en la Seguridad Social debe hacerse en los tres meses siguientes. En el mes siguiente al alta, si la autorización dura más de seis meses, pides en persona la TIE en la comisaría de tu lugar de residencia.
Texto oficial
En el plazo de un mes desde que el trabajador se haya dado de alta en la Seguridad Social, deberá solicitar, personalmente, la tarjeta de identidad de extranjero
Fuentes oficiales
Documentación
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Fuentes oficiales
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Tasas
Modelo 790 código 038, epígrafe 7.1; se devenga al admitirse a trámite y se paga en diez días hábiles.
Texto oficial
Modelo 790 código 038 , epígrafe 7.1.Fuentes oficiales
Preguntas frecuentes
¿Qué salario hace falta para la Tarjeta azul-UE?
Un salario bruto anual igual o superior a 1,4 veces la ganancia media anual bruta por trabajador que publica el INE en la Encuesta Anual de Estructura Salarial. Se aplica un coeficiente de 0,8 para ocupaciones de los grupos 1 y 2 de difícil cobertura y para quien obtuvo la titulación como máximo tres años antes. La orden no fija una cifra en euros: depende de la última encuesta del INE.
Texto oficial
un salario bruto anual igual o superior a 1,4 veces la ganancia media anual bruta por trabajador (ambos sexos) publicada por el Instituto Nacional de Estadística en la Encuesta Anual de Estructura Salarial.Fuentes oficiales
¿Cuánto dura la autorización?
Tres años, o lo que dure el contrato más tres meses si es más corto, sin superar tres años.
Texto oficial
La validez de la autorización de residencia será de tres años, o igual a la duración del contrato más un periodo adicional de tres meses en el caso de que la duración del contrato sea inferiorFuentes oficiales
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