Familia

Pareja estable (Cataluña)

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Qué es

En Cataluña, la pareja estable está formada por dos personas que conviven en una comunidad de vida análoga a la del matrimonio y que llevan conviviendo más de 2 años ininterrumpidos, han tenido un hijo en común durante la convivencia o formalizan la relación en escritura pública. No pueden constituirla los menores no emancipados, los parientes en línea recta o en línea colateral hasta el segundo grado, las personas casadas y no separadas de hecho ni quien convive en pareja con una tercera persona; sí pueden hacerlo las personas divorciadas o separadas de un matrimonio anterior. Existe el Registro de parejas estables de Catalunya. Si la pareja se constituye en escritura pública, la inscripción es facultativa y se pide al notario, que envía los datos al Registro. La solicitud de inscripción se puede presentar en persona (una única solicitud firmada por los dos, que deben comparecer; con cita previa en Barcelona, Girona y Tortosa) o por internet (una solicitud de cada miembro, con firma electrónica). La resolución se notifica en un máximo de dos meses; si no se notifica, la solicitud se entiende estimada.

Texto oficial
La parella estable és la formada per dues persones que conviuen en una comunitat de vida anàloga a la del matrimoni

Fuentes oficiales

Ámbito
Cataluña

Información oficial

Fuentes oficiales

Cuándo

Sois pareja estable si convivís más de 2 años seguidos, habéis tenido un hijo en común o lo formalizáis en escritura pública. La inscripción en el Registro es voluntaria y sirve como prueba; pueden inscribirse las parejas empadronadas en el mismo domicilio en Cataluña, sea cual sea su nacionalidad.

Texto oficial
Les parelles empadronades en el mateix domicili a Catalunya, amb independència de la seva nacionalitat o el seu veïnatge civil.

Fuentes oficiales

Pasos

  1. Paso 1: En persona: los dos juntos

    Una sola solicitud firmada por los dos, y los dos tenéis que comparecer personalmente. Se presenta en las oficinas de atención ciudadana, los servicios territoriales de Justicia o cualquier registro público. Hay cita previa para asesoramiento en Barcelona, Girona y Tortosa.

    Texto oficial
    Cal presentar una única sol·licitud d'inscripció signada per tots dos membres de la parella i que els dos convivents compareguin personalment per presentar la sol·licitud

    Fuentes oficiales

    Ir a la web oficial: Registro de parejas estables (Generalitat)
  2. Paso 2: O por internet: dos solicitudes

    Por internet cada miembro presenta su solicitud, firmada con firma electrónica reconocida, en el portal Tràmits gencat.

    Texto oficial
    Cal presentar dues sol·licituds, una cada membre convivent de la parella

    Fuentes oficiales

  3. Paso 3: Esperar la resolución

    Se resuelve y notifica a los dos en un máximo de dos meses; si no hay resolución en ese plazo, la solicitud se entiende estimada.

    Texto oficial
    Transcorregut el termini de resolució sense que s’hagi dictat i notificat la resolució expressa, les sol·licituds d’inscripció s’entenen estimades.

    Fuentes oficiales

Preguntas frecuentes

¿Quién no puede ser pareja estable?

Los menores no emancipados, los parientes en línea recta o colaterales hasta segundo grado, los casados no separados de hecho y quien convive en pareja con una tercera persona.

Texto oficial
Les persones casades i no separades de fet.

Fuentes oficiales

¿Y si nos formalizamos ante notario?

La inscripción es opcional: tenéis que pedir y autorizar al notario que envíe los datos al Registro; vosotros no podéis enviar la escritura directamente.

Texto oficial
Els membres de la parella no poden trametre l'escriptura de constitució al Registre ni sol·licitar-ne la inscripció directament.

Fuentes oficiales

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