Pago fraccionado del IRPF (modelo 130)
Qué es
El modelo 130 es la autoliquidación del pago fraccionado del IRPF de las personas físicas con actividades económicas en estimación directa (normal o simplificada). Con carácter general se aplica el 20 % sobre el rendimiento neto acumulado desde el inicio del año. Los profesionales no están obligados si en el año anterior al menos el 70 % de sus ingresos profesionales tuvieron retención o ingreso a cuenta. Se presenta del 1 al 20 de abril, julio y octubre por los tres primeros trimestres, y del 1 al 30 de enero por el cuarto.
Texto oficial
El modelo 130 deberá presentarse en los plazos comprendidos entre los días 1 y 20, ambos inclusive, de los meses de abril, julio y octubre, en relación con los pagos fraccionados correspondientes, respectivamente, a los trimestres primero, segundo y tercero de cada año natural.Fuentes oficiales
- Ámbito
- Toda España
Información oficial
Fuentes oficiales
Cuándo
Cada trimestre: del 1 al 20 de abril, julio y octubre por el primer, segundo y tercer trimestre, y del 1 al 30 de enero del año siguiente por el cuarto. Si el último día es sábado o inhábil, pasa al siguiente día hábil.
Texto oficial
El modelo 130 deberá presentarse en los plazos comprendidos entre los días 1 y 20, ambos inclusive, de los meses de abril, julio y octubreFuentes oficiales
Pasos
Paso 1: Ver si tienes que presentarlo
Si eres profesional y en el año anterior al menos el 70 % de tus ingresos de la actividad tuvieron retención o ingreso a cuenta, no estás obligado a presentar el 130 por esa actividad. Si empiezas la actividad, cuenta el porcentaje del propio trimestre.
Texto oficial
las personas físicas que desarrollen actividades profesionales no están obligadas a presentar declaración de pago fraccionado ni a efectuar ingreso alguno por este concepto en relación con las mismas si, en el año natural inmediato anterior, al menos el 70 por 100 de los ingresos procedentes de dichas actividades hubieran sido objeto de retención o ingreso a cuenta.
Fuentes oficiales
Paso 2: Calcular el pago
Se declaran los ingresos y gastos acumulados desde el 1 de enero hasta el fin del trimestre, y se aplica el 20 % sobre el rendimiento neto positivo.
Texto oficial
Consigne el resultado de aplicar el porcentaje del 20 por 100 sobre el importe positivo de la casilla 03.
Fuentes oficiales
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